Extraordinario éxito de la Fundación CIVIO: el Supremo condena al Gobierno a entregarle el código fuente de BOSCO, la aplicación que decide quién recibe o no el bono social eléctrico

CIVIO

Sevilla, 18/IX/2025 – 11:52 h (CET+2)

Vivo con profunda satisfacción como ciudadano y miembro de la Fundación Ciudadana CIVIO, conocer el resultado de la sentencia del Tribunal Supremo firmada el pasado 11 de septiembre, que les da la razón y obliga al Gobierno a darles el acceso al código fuente de BOSCO, “una aplicación que decide quién recibe y quién no el bono social eléctrico, tras exigirlo desde 2018 y enfrentarnos a numerosos reveses judiciales. Y lo hace en una sentencia que estima nuestro recurso de casación, crea jurisprudencia y establece que conocer las tripas de los programas y algoritmos que usan las administraciones públicas es un derecho democrático”, según informa la propia organización.

Es un logro sin precedentes y recomiendo leer la sentencia, al descartar “que se pueda imponer la opacidad total amparándose en la seguridad nacional o la propiedad intelectual, como había argumentado el Gobierno. Esto es, no pueden pasar por encima, de forma genérica y absoluta, del derecho de acceso a la información, un derecho que declara constitucional”, según recoge CIVIO en su reseña oficial. El FALLO del Tribunal Supremo es contundente e inapelable: «Declaramos el derecho de la Fundación Ciudadana Civio a acceder al código fuente de la aplicación informática BOSCO, condenando a la Administración demandada a proporcionárselo».

A partir de aquí reproduzco de forma íntegra la información oficial de CIVIO, de cuyo logro me siento muy orgulloso hoy, organización ciudadana a la que les dedico siempre, en el cierre de mis artículos y como pueden comprobar a diario, una reseña en defensa de su trabajo profesional, honesto y veraz.

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Civio abre camino en la transparencia algorítmica: el Supremo condena al Gobierno a entregar el código fuente de BOSCO

“Hoy damos un paso de gigante hacia la transparencia algorítmica. Y esto no es ni exageración ni hipérbole. El Tribunal Supremo ha dado la razón a Civio y obliga al Gobierno a darnos el acceso al código fuente de BOSCO, la aplicación que decide quién recibe y quién no el bono social, tras exigirlo desde 2018 y enfrentarnos a numerosos reveses judiciales. Y lo hace en una sentencia que estima nuestro recurso de casación, crea jurisprudencia y establece que conocer las tripas de los programas y algoritmos que usan las administraciones públicas es un derecho democrático.

En la sentencia, que puedes leer íntegra aquí, descarta que se pueda imponer la opacidad total amparándose en la seguridad nacional o la propiedad intelectual, como había argumentado el Gobierno. Esto es, no pueden pasar por encima, de forma genérica y absoluta, del derecho de acceso a la información, un derecho que declara constitucional.

En este caso, además, tiene en cuenta que el programa que decide sobre el bono social no explica las razones de resolución en su respuesta, que toma una decisión de forma automática (no es un sistema de consulta o apoyo) y que si contiene errores tiene un “efecto multiplicador”, con miles de personas viendo denegada una ayuda a la que tienen derecho, no el error puntual que podría cometer una persona. Y, por eso, conocer cómo funciona es de “singular relevancia”.

Ni propiedad intelectual ni seguridad

Aunque la sentencia admite que conceder el acceso al código fuente puede entrañar riesgos, dicta que deben ser ponderados en cada caso, y siempre teniendo en cuenta la especial relevancia de esa información para el interés general.

Uno de los principales argumentos del Gobierno fue la defensa de su propiedad intelectual. El Supremo considera que se blande como un “mero riesgo de eventuales perjuicios”, pero que la administración no aclara en qué le dañaría. Además, establece que la protección de la propiedad intelectual se rebaja en casos como este, en el que la administración pública es la propietaria y el programa no es de una empresa, y más aún cuando no estamos hablando de un bien de mercado con derechos de explotación, sino de una herramienta que debería estar al servicio del interés público.

En cuanto al segundo argumento, los posibles daños a la seguridad nacional, destaca que abrir un código fuente puede entrañar riesgos, sí, pero que esos riesgos “por lo general, pueden ser previstos, lo que posibilita el diseño de la aplicación o programa informático fortaleciendo la seguridad del sistema”.

Durante los juicios anteriores, el Gobierno utilizó dos valoraciones técnicas para apuntalar sus argumentos. Por un lado, el Subdirector general de tecnologías de la información del Ministerio argumentó que podíamos minar criptomonedas en su sede o acceder a los datos personales de las personas que solicitan la ayuda. Por otro, el perito del Centro Criptológico Nacional aseguró que abrir cualquier código fuente supondría vulnerabilidades del sistema. Estos dos argumentos rocambolescos sirvieron de base para que tanto el juzgado de primera instancia como la Audiencia Nacional rechazaran nuestras pretensiones. El Supremo responde a ambos: considera que no se ponderaron los intereses en juego ni se valoró el caso particular, más allá de dar por buenas esas afirmaciones. Además, responde que afirmar que dar acceso al código supone una vulneración haría que, de facto, nunca nadie pudiera acceder a ningún programa informático y que la seguridad pública se usaría como veto con carácter absoluto y automático en estos casos.

Y va más allá: aunque admite que puede haber ciertos riesgos, ponderados en cada caso, “cabe afirmar, en sentido contrario, que la transparencia sobre el mismo puede contribuir, en iguales términos potenciales, a la mejora del código y fortalecimiento de su seguridad puesto que, por un lado, incentiva a la Administración a extremar las cautelas de seguridad en el propio diseño y control del programa informático y, por otro lado, su escrutinio por actores diversos e independientes permite aflorar vulnerabilidades inicialmente inadvertidas y posibilitar su corrección temprana”. Como pasó, por ejemplo, con Radar Covid, como se recoge en la propia sentencia y como destacamos tanto en nuestros recursos como en la vista oral, de la mano de nuestro abogado, Javier de la Cueva.

Ese día también afirmamos que acceder al código fuente no suponía acceder a los datos personales de los solicitantes. Y es que una cosa es el programa, las reglas que contiene; y otra muy distinta, su contenido. El Supremo también nos da la razón en este punto. Además, recuerda que la legislación europea “descarta la ocultación del código fuente como principio general”.

La transparencia algorítmica como valor clave en una ‘democracia digital’

No se trata solo de BOSCO. Y por eso esta sentencia es tan importante. Se trata, a partir de ahora, de cualquier algoritmo o programa que usen las administraciones públicas y que nos afecte. En lo que el Supremo denomina una nueva “democracia digital”, los poderes públicos tienen la obligación de “explicar de forma comprensible el funcionamiento de los algoritmos que se emplean en la toma de decisiones que afectan a los ciudadanos para permitirles conocer, fiscalizar y participar en la gestión pública”.

El aumento del uso de estas tecnologías debe ir acompañada de “exigencias de transparencia de los procesos informáticos”, lo que puede requerir, prosigue, “el acceso a su código fuente”, como ocurre en el caso de BOSCO.

En resumen, como señala la sentencia: “El progresivo desarrollo e implantación de la administración electrónica y el uso creciente de aplicaciones informáticas destinadas a la gestión de servicios públicos, con evidente trascendencia en los derechos de los ciudadanos, en la medida que determinan o condicionan el reconocimiento o denegación de derechos y prestaciones públicas, es decir, que operan como fuente de decisiones automatizadas, conlleva que la configuración y uso de los algoritmos en dichas aplicaciones adquieran una relevancia decisiva y exijan su transparencia”.

Además, este caso es especialmente relevante, puesto que, en la normativa actual, explica, “no existen autoridades de supervisión independientes que garanticen el correcto funcionamiento de dichas aplicaciones telemáticas”.

En este caso, además, la sentencia se hace eco de que la explicabilidad de los algoritmos es una “creciente demanda ciudadana” que, como en nuestro caso, se exige “como garantía efectiva frente a la arbitrariedad o los sesgos discriminatorios en la toma de decisiones total o parcialmente automatizadas”. Y es que “evitar la opacidad del algoritmo o el código fuente se muestra consustancial al Estado democrático de Derecho”.

El derecho de acceso como derecho constitucional

La sentencia se apoya en la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea, la Constitución, la propia Ley de transparencia y sentencias anteriores del propio Supremo, que mencionamos siempre desde Civio en todos los procesos y reclamaciones, y que establecen que no se pueden imponer límites al derecho de acceso de forma genérica y absoluta, sin ponderar cada caso.

De hecho, el Gobierno, además de argumentar de forma poco precisa el posible daño a su propiedad intelectual y a la seguridad nacional, invocó “de forma genérica” en sus argumentos otra ristra de límites al derecho de acceso: las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control, la política económica y monetaria y la garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión. La sentencia es tajante: este listado, sin razonamiento que lo justifique, “resulta inconsistente y carece de fundamento”.

no se queda solo en la transparencia algorítmica, sino que da un empujón a la transparencia en general y al derecho de acceso a la información. Así, aunque oficialmente, en la ley, no esté reconocido como derecho fundamental, pese a las reclamaciones de organizaciones de la sociedad civil como Civio, el Supremo afirma que está estrechamente vinculado a otros derechos como la libertad de información, el control de los tribunales, el acceso a registros, la participación, la crítica del poder o la fiscalización de las administraciones públicas y lo enmarca como “derecho constitucional”. Un derecho que es, afirma, “inseparable” de la democracia misma. Y la transparencia, un deber incluido en el principio de buena administración, que no es una “mera fórmula vacía de contenido”.

Además, usa jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), para establecer que, además del interés público del caso, Civio “desempeña funciones de vigilancia social asociadas a la guarda y custodia del Estado de Derecho y, por ende, de la democracia, en la medida que pretende velar por el correcto funcionamiento de las instituciones públicas y promover la información de los ciudadanos acerca de su mismo y la gestión de los recursos públicos”.

La transparencia no es solo un punto de una ley, la que la regula, sino, como declara la sentencia, “un derecho constitucional ejercitable, como derecho subjetivo, frente a las administraciones públicas, derivado de exigencias de democracia y transparencia, e inseparablemente unido al Estado democrático y de Derecho”.

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CLÁUSULA ÉTICA DE DIVULGACIÓN: José Antonio Cobeña Fernández no trabaja en la actualidad para empresas u organizaciones religiosas, políticas, gubernamentales o no gubernamentales, que puedan beneficiarse de este artículo; no las asesora, no posee acciones en ellas ni recibe financiación o prebenda alguna de ellas. Tampoco declara otras vinculaciones relevantes para su interés personal, aparte de su situación actual de persona jubilada.

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Estamos avisados: la “Internet muerta” avanza más viva que nunca

Sevilla, 18/IX/2025 – 08:16 h (CET+2)

Un breve mensaje de Sam Altman, muy reciente, no nos debería pasar desapercibido en este loco mundo al revés, sobre todo porque su significado histórico proviene de la escuela conspiranoica: “Nunca me tomé tan en serio la teoría de la internet muerta, pero parece que ahora hay muchas cuentas de Twitter [ahora X y propiedad de Elon Musk] administradas por LLM [modelos grandes de lenguaje de la IA]”. ¿Qué significa en estos momentos este temor creciente de Sam Altman, director ejecutivo de OpenAI, la empresa que entregó al mundo en 2022 el archiconocido ChatGPT, acrónimo de Chat Generative Pre-Trained, una aplicación de chatbot de inteligencia artificial generativa?

La respuesta más acorde con la realidad actual la he leído en un artículo publicado el pasado domingo en el diario El País, que me ha dejado muy intranquilo: “El máximo responsable de la empresa creadora de uno de los desarrollos más sofisticados de inteligencia artificial (IA) empieza creer en la teoría de la “internet muerta”, que defiende que el contenido generado automáticamente superará al generado por humanos, por lo que los peligros de manipulación, desinformación y condicionamientos de conductas de forma intencionada se multiplicarían”.

En el artículo citado se hace referencia a una publicación reciente en una revista científica, Physical Review Letters, de investigadores de la Universidad de Vermont y el Instituto Santa Fe, en la que se advierte de los peligros reales y muy actuales de la internet muerta: “lo que se propaga, ya sea una creencia, una broma o un virus, evoluciona en tiempo real y gana fuerza a medida que se distribuye” siguiendo un modelo matemático de “cascadas de autorrefuerzo [Self-Reinforcing Cascades]”. Según esta investigación, aquello que se difunde muta a medida que se propaga y ese cambio ayuda a viralizarlo en un modelo parecido a los fuegos de sexta generación, imposibles de apagar con medios convencionales. “Nos inspiramos en parte en los incendios forestales: pueden volverse más fuertes cuando se queman a través de bosques densos y más débiles cuando se cruzan brechas abiertas. Ese mismo principio se aplica a la información, las bromas o las enfermedades. Pueden intensificarse o debilitarse dependiendo de las condiciones”, explica Sid Redner, físico, profesor del Instituto de Santa Fe y coautor del artículo”.

El artículo de El País finaliza con una aportación magnífica de Aaron Harris, CTO de Sage, que cree posible una internet ética, “pero no va a suceder por casualidad”, precisa. “La transparencia y la responsabilidad deben determinar cómo se diseña y se regula la IA. Las empresas que la desarrollan deben lograr que sus resultados sean auditables y explicables, para que las personas comprendan de dónde proviene la información y por qué se recomienda”. Defiende, igualmente, “la protección del “internet humano”, “especialmente ahora que cada vez hay más contenido creado por bots”, pero no a costa de prescindir de los avances logrados. “No creo que la solución sea volver al mundo anterior a la IA e intentar restringir o eliminar por completo el contenido que ha generado. Ya forma parte de nuestra forma de vivir y trabajar, y puede aportar un valor real cuando se utiliza de forma responsable. El problema es si alguien se responsabiliza del contenido. Ese es el principio que todas las empresas deben seguir: la IA debe mejorar la capacidad humana, no sustituirla. Todavía es posible una internet más humana, pero solo si mantenemos las necesidades de las personas en el centro y hacemos que la responsabilidad sea innegociable”.

Salvando lo que haya que salvar, he recordado hoy al situarme ante la pantalla en blanco, mi publicación de 2007 en este cuaderno digital, de un libro, Inteligencia digital. Introducción a la Noosfera digital, “una interpretación sobre la inteligencia humana, que preside todos los actos de vivir apasionadamente, con la ayuda de los sistemas y tecnologías de la información y telecomunicación”. Internet ética, en estado puro, digital por supuesto, que se puede completar también con otro libro posterior, Origen y futuro de la ética cerebral, publicado en 2014. En el prólogo explicaba que “cada capítulo engloba una serie de reflexiones, con formato de artículo y con base científica en su mayor parte, para que no se convierta en un libro de autoayuda al uso, sino de conocimiento de lo más preciado que tenemos como seres humanos: la inteligencia que se desarrolla a lo largo de la vida en nuestro cerebro, que es único e irrepetible y que nos juega siempre buenas y malas pasadas, a través de unas estructuras cerebrales que condicionan la amplitud de nuestro suelo firme en la vida, lo que llamó “solería” de nuestra vida, o lamas de parqué en términos más modernos, puestas una a una a lo largo de nuestra existencia, dependiendo de cada experiencia construida en el cerebro individual y conectivo, que es la razón que nos lleva a ser más o menos felices. Además, con proyección específica en el mundo real en el que vivimos, en la inteligencia digital. Al fin y al cabo, es lo que pretende el cerebro siempre: devolver en su trabajo incansable, porque nunca deja de funcionar, ni de noche ni de día, es más, durante la noche sobre todo, la razón lógica del funcionamiento de las neuronas, un trabajo maravilloso y que espero que este libro ayude a conocerlas bien, para justificar nuestro origen y futuro humano, el comportamiento de género, la influencia diaria y constante en la inteligencia y en el compromiso para que el mundo propio y el de los demás merezca la pena vivirlo, compartirlo y habitarlo”.

Necesitamos compartir el conocimiento humano a través de una Noosfera Ética, apoyada en una Internet Limpia, Viva, no muerta ni adulterada, como malla pensante de la humanidad. En un libro recopilatorio de artículos de Tom Wolfe, El periodismo canalla y otros artículos, encontré en 2001 una referencia a Teilhard de Chardin (a quien debo mi interés manifiesto por el cerebro desde 1964), que tiene una actualidad y frescura sorprendentes: “Con la evolución del hombre –escribió-, se ha impuesto una nueva ley de la naturaleza: la convergencia”. Gracias a la tecnología, la especie del Homo sapiens, “hasta ahora desperdigada”, empezaba a unirse en un único “sistema nervioso de la humanidad”, una “membrana viva”, una “estupenda máquina pensante”, una conciencia unificada capaz de cubrir la Tierra como una “piel pensante”, o una “noosfera”, por usar el neologismo favorito de Teilhard. Pero ¿cuál era exactamente la tecnología que daría origen a esa convergencia, esa noosfera? En sus últimos años, Teilhard respondió a esta pregunta en términos bastante explícitos: la radio, la televisión, el teléfono y “esos asombrosos ordenadores electrónicos, que emiten centenares de miles de señales por segundo”.

Junto a la preocupación expresada por Sam Altman, creo que es urgente blindar la Internet ética, la Inteligencia Artificial (AI) desarrollada por humanos con altas capacidades digitales, al servicio de la Noosfera, que será la que transforme el mundo actual para hacerlo más humano y habitable en beneficio de todos, sin exclusión alguna.

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CLÁUSULA ÉTICA DE DIVULGACIÓN: José Antonio Cobeña Fernández no trabaja en la actualidad para empresas u organizaciones religiosas, políticas, gubernamentales o no gubernamentales, que puedan beneficiarse de este artículo; no las asesora, no posee acciones en ellas ni recibe financiación o prebenda alguna de ellas. Tampoco declara otras vinculaciones relevantes para su interés personal, aparte de su situación actual de persona jubilada.

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