Gracias al clamor popular, sindical y parlamentario, la atención primaria será sólo pública en el Sistema Sanitario de Andalucía

Manifestación en Sevilla en defensa de la Sanidad Pública – 25 de marzo de 2023 / JA COBEÑA

Sevilla, 24/VIII/2023

Nunca es tarde si la dicha es buena y hoy me enfrento ante la pagina en blanco para escribir, afortunadamente, sobre un hecho relevante para los servicios públicos de salud en Andalucía, por la consulta pública que ha  publicado la Consejería de Salud y Consumo de esta Comunidad, sobre el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 2023, por la que se actualiza y desarrolla el sistema de presupuestación y tarificación de convenios y conciertos que suscriba el Servicio Andaluz de Salud para la prestación de asistencia sanitaria en centros sanitarios, a pesar de su premeditación, agostía y contexto vacacional veraniego, creo que no inocente, en la que se aborda algo sustancial que traduce lo que viene siendo hasta hoy un clamor popular, sindical y de la oposición parlamentaria en referencia a la atención exclusivamente pública de los servicios de Atención Primaria por parte del Sistema Sanitario Público de Andalucía, sin intervención alguna de la iniciativa privada en este ámbito.

Una vez leído el texto publicado, creo que es de justicia hacer las siguientes puntualizaciones al mismo:

  1. La publicación de la consulta pública que se cita está enmarcada en la aún “desconocida” participación ciudadana en la elaboración de nuevas leyes y reglamentos de la Junta de Andalucía, que se estructura a través de dos procedimientos complementarios: la Consulta pública previa, en la que antes de comenzar a elaborar un proyecto normativo, se recoge la opinión de la ciudadanía, organizaciones y asociaciones a las que pueda afectar la futura norma y, en segundo lugar, el trámite de Audiencia e información pública, en el que una vez redactado el proyecto de norma, mediante este procedimiento se da audiencia a los ciudadanos afectados y se recaban aportaciones adicionales de otras personas o entidades. Por tanto, estamos en un momento en el que la participación es fundamental para que se puedan aportar las diferentes “opiniones” que haya al respecto, destacando algo fundamental: la de la ciudadanía y sus diferentes representantes, tanto en el ámbito particular y asociativo, como sindical y político: “La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, durante el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de su publicación, a través del siguiente buzón de correo electrónico: consultas.previas.csc@juntadeandalucia.es”, es decir desde el 23 de agosto de 2023 hasta el 12 de septiembre de 2023, ambos inclusive.
  2. El texto se desarrolla como un “cuestionario” en el que destaco que se reconoce que “no cabe otra solución alternativa regulatoria o no regulatoria que la propuesta, puesto que para alcanzar los objetivos deseados es preciso modificar la Orden de 23 de febrero de 2023, y para ello lo que procede es tramitar una norma con el mismo rango, esto es, una Orden de modificación de la misma”, algo crucial que ya señalé en el artículo que publiqué en este cuaderno digital el pasado 10 de marzo, El desmantelamiento de la sanidad pública en Andalucía no se reconduce con una corrección de errores, con motivo de una corrección de errores de la Orden de 2 de febrero, que se publicó en un Boletín Extraordinario, pero que “dicho en roman paladino, no se corrige nada, porque además la corrección no es de un error, sino un refuerzo de valor, aclaración o justificación, que está expresamente previsto que no se debe llevar a cabo mediante esta potestad de la Administración, porque lo que se dice en el nuevo párrafo no es debido a un error material, de hecho o aritmético, como está previsto en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 109.2, sino una supuesta “justificación vergonzante” de la Orden en toda regla, que tampoco tiene efecto alguno desde el ámbito legal, porque la corrección figura en el preámbulo pero no en la parte dispositiva de la Orden, que sigue diciendo en su objeto lo que dijo el día que se publicó, sin alteración alguna. Queda claro que se mantiene todo y no se enmienda nada y que la correcta técnica jurídica brilla por su ausencia, cuando debería estar presente siempre en este tipo de acciones administrativas de gran impacto social. Lo que se tendría que haber hecho es publicar una nueva Orden en la que desaparecieran las dos cuestiones que han sembrado la discordia en relación con la prestación sanitaria a desarrollar por el Sistema Sanitario Público de Andalucía a través de medios ajenos, que es legítima y que se viene haciendo desde hace muchos años, aunque siempre haya sido una actividad muy cuestionada porque aflora un problema real y creciente de falta de estrategia de salud, crónica y crítica, con medios propios de carácter público, desnaturalizando uno de los pilares básicos del Estado de Bienestar”.
  3. Una vez expuesto lo anterior, lo verdaderamente nuclear está en el apartado dedicado a los dos objetivos de la norma, que llega tarde y que no responde a la verdad de lo sucedido desde la publicación de la Orden citada de 23 de febrero de 2023: su adecuación a la situación sanitaria actual y la simplificación normativa evitando redundancias innecesarias, destacando en este caso que la verdaderamente importante es la primera, porque la segunda es de puro trámite administrativo que, incluso, no hubiera necesitado esta modificación.
  4. Destacando la observación anterior, el núcleo de esta modificación es el siguiente, según el apartado dedicado en el texto propuesto, Necesidad y oportunidad de su aprobación: “Una vez decretado oficialmente por la OMS el final de la situación de pandemia global Covid-19 no resulta adecuada la mención expresa a la contratación en Atención Primaria tanto en el Preámbulo como en el Anexo de la Orden de 23 de febrero de 2023. Por otra parte, la reiteración en la disposición adicional segunda de la norma que se pretende modificar (la Orden de 23 de febrero de 2023), de una disposición legislativa estatal consolidada resulta una redundancia normativa innecesaria”. Vincular esta modificación legislativa a la declaración de la OMS, es decir, el final de la situación de pandemia global Covid-19, no responde a la verdad de lo sucedido y significa ignorar las manifestaciones multitudinarias de la población en todas las capitales andaluzas contra esta Orden y su apartado dedicado a la externalización privada de la Atención Primaria, las reiteradas reivindicaciones sindicales en este sentido y las intervenciones parlamentarias de la oposición en este ámbito de actuación de la Consejería de Salud y Consumo.

A tenor de lo expuesto, sólo cabe en este momento la participación real y efectiva de la ciudadanía en esta fase administrativa de consulta, para insistir en que el proyecto de Orden nueva que modifique la de 23 de febrero, debe recoger la verdad de lo sucedido, con luz y taquígrafos, y no ampararse en la declaración de la OMS, porque incluso la Intervención General de la Junta de Andalucía ya había advertido en diversas ocasiones y antes de la fecha de la publicación de la citada Orden, febrero de 2023, que se estaba haciendo un uso inadecuado de la legislación que en su momento amparó las contrataciones directas y excepcionales por la pandemia, es decir, por analogía, en la Orden de 23 de febrero de 2023 no debería haber figurado en esa fecha la externalización de servicios de Atención Primaria, ni en el Preámbulo, ni en el Anexo de la  misma, que ahora se intenta justificar con la declaración de la OMS del final de la pandemia, porque la realidad era que se iniciaba la externalización de servicios de atención primaria, como ya se venían haciendo otros desde tiempo inmemorial, sin que la pandemia de COVID-19 tuviera que ser la justificación expresa para llevar a cabo esta externalización tan agresiva con el interés general de la ciudadanía en el ámbito de la atención primaria.

Sobre los antecedentes de la norma que se pretende ahora “modificar”, he escrito una serie de artículos que ofrecen un contexto sobre lo sucedido en esta Comunidad desde que se tuvo noticia de la publicación de la citada Orden de 23 de febrero de 2023, que ahora pueden ser útiles para comprender en toda su profundidad de qué se está hablando, es decir, no del final de una pandemia, entre los que extraigo uno fundamental para comprender el problema en toda su extensión: Es una realidad la venta controlada del Sistema Sanitario Público de Andalucía, la joya de la corona, donde recogía algo verdaderamente alarmante que aparecía en la Orden y que conviene recordar, en referencia al Anexo I de la misma: “Estas tarifas máximas se corresponde con consultas realizadas en las instalaciones de las empresas adjudicatarias, caso de no realizarse la prestación del servicio en dichas instalaciones la tarifa máxima se verá reducida al 35%”, porque dicho en román paladino, estas tarifas serán más baratas si se utilizan centros públicos del Sistema, donde se trasladen los profesionales de los centros privados concertados para desarrollar estas prestaciones”, en el que se ponía “precio público” a las consultas de atención primaria que se atendieran por parte del sector privado.

Recuerdo también que en la manifestación del 25 de marzo aquí en Sevilla, en contra de la privatización de la atención de salud en general y de la atención primaria en particular, se nos recordaba por megafonía, que “la salud estaba en nuestras manos”, golpe a golpe y verso a verso, cuando caminábamos hacia el palacio de San Telmo, sede del Gobierno en Andalucía, donde tomé conciencia de que no sé lo que nos debemos unos a otros o a la sociedad en general, con sentimiento de clase o, al menos, de que nada que sea humano y saludable nos sea ajeno, siguiendo al pie de la letra la máxima de Terencio, aunque es verdad que por el mero hecho de vivir estamos cumplíos, volcados en un mundo al revés diseñado a veces por el enemigo de la sanidad pública, de la saludable dignidad humana. Es la razón fundamental para no olvidar nuestros compromisos sociales en el día después de los quejíos individuales y colectivos en las manifestaciones a las que hemos asistido en este último año en Andalucía. El lema de la manifestación del 2 de marzo no dejaba lugar a dudas y no lo he olvidado en el largo día después, que es hoy, mañana y pasado mañana, siempre…, ¡La sanidad pública está en tus manos!, en mi situación actual, atendiendo a las Señales que aprendí hace muchos años de Mario Benedetti: En las manos te traigo / viejas señales / son mis manos de ahora / no las de antes / doy lo que puedo / y no tengo vergüenza / del sentimiento

A partir de ahora, hay una palabra que no debemos olvidar como elemento esencial en el ejercicio de ciudadanía en esta Comunidad: participación, que se traduce en tomar parte muy activa en esta primera Consulta pública previa, así como en la segunda también muy importante, el trámite de Audiencia e información pública del nuevo texto de Orden que se proponga, con objeto de que se puedan hacer “aportaciones adicionales de otras personas o entidades”. Es crucial que desde este momento funcione el boca a boca y las redes sociales para divulgar esta “oportunidad democrática” de participación ciudadana que ofrece la legislación actual en nuestra Comunidad, porque el carácter exclusivamente público de la Atención Primaria en el Sistema Sanitario Público de Andalucía está en juego. Para que no se olvide ni siquiera un momento o lo que es lo mismo: ¡La sanidad pública está en nuestras manos! En las mías también y por esta razón voy a participar enviando a la Consejería de Salud y Consumo, a la dirección de correo indicada, consultas.previas.csc@juntadeandalucia.es, mis “opiniones” sobre los aspectos planteados en el cuestionario publicado, durante el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de su publicación, dentro del plazo fijado, es decir, desde el 23 de agosto de 2023 hasta el 12 de septiembre de 2023, ambos días inclusive.

José Antonio Cobeña Fernández

Ex secretario general del Servicio Andaluz de Salud (2000-2004)

CLÁUSULA ÉTICA DE DIVULGACIÓN: José Antonio Cobeña Fernández no trabaja en la actualidad para empresas u organizaciones religiosas, políticas, gubernamentales o no gubernamentales, que puedan beneficiarse de este artículo; no las asesora, no posee acciones en ellas ni recibe financiación o prebenda alguna de ellas. Tampoco declara otras vinculaciones relevantes para su interés personal, aparte de su situación actual de persona jubilada.

UCRANIA, ¡Paz y Libertad!