Inteligencia Pública Digital (IX): Ética del Marketing Interno

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Estoy reflexionando en la actualidad sobre una necesidad acuciante en el Gobierno electrónico: hay que presentar en sociedad la realidad digital de los Gobiernos electrónicos, en su proyección de recursos digitales puestos al servicio de la ciudadanía. Se nos acusa a diario que la Administración Pública no sabe “vender” lo que hace desde la perspectiva electrónica. Probablemente, por una equivocada actitud vergonzante y, peor aún, porque muchas veces se ha considerado que determinada publicidad es asunto privado y no público, porque el principio del que se parte es correcto: el servicio público, que se concreta en productos digitales, por ejemplo, es un derecho de los ciudadanos, no una mercancía que sale al mercado público y privado. Ahí es donde se pervierten los términos, si entendemos marketing, en la definición original de Kotler, como «el proceso social y administrativo por el cual los grupos e individuos [la Administración Pública] satisfacen sus necesidades al crear e intercambiar bienes y servicios». O atendiendo al rigor de las definición de mercadotecnia (mejor que el anglicismo Marketing) del Diccionario de la Lengua Española (22ª ed.): 1. f. Conjunto de principios y prácticas que buscan el aumento del comercio, especialmente de la demanda. 2. f. Estudio de los procedimientos y recursos tendentes a este fin. Voy a intentar desenredar esta maraña conceptual.

Para empezar, hay que hablar de determinados proyectos que acaban obteniendo productos y servicios digitales, de titularidad pública. El primer paso que hay que dar es el del establecimiento de una política comercial interna, con Marketing interno, antes de pasar al Público y no lucrativo, en el seno de la propia Administración y antes de salir al exterior, creando espacios de marketing público interno para que los demás conozcan hasta la saciedad el catálogo de productos y servicios digitales de cada Administración Pública. Con visión proactiva, mediante campañas específicas, distinguiendo que cualquier acción en este sentido es inversión, no gasto propio ó asociado. Se adquieren muchos recursos electrónicos y se desarrollan aplicativos sin mirar en el alrededor público. No hay que volver a inventar la rueda digital, valga la expresión, porque ya existe. Está demostrado. Establecer “Direcciones comerciales” en los Centros directivos de Tecnologías en el sector público es urgente, porque no basta con grandes declaraciones de principios o Planes muy sofisticados, sino que hay que recurrir a determinadas reglas de mercado que se pueden desarrollar en claves públicas.

Hay que elegir determinados medios de comunicación para esta acción, porque no es inocente: pretende dejar claro desde el principio que la titularidad de la competencia pública digital es irrenunciable, y que en tiempo de crisis y austeridad económica, tiene que presidir en la acción pública el principio de economía digital sostenible, de ciclo completo, salvaguardando la titularidad pública de principio a fin digital: planificación, programación, desarrollo e implantación de servicios electrónicos al ciudadano, mediante productos obtenidos en espacios, tiempo y dinero público. Y con una tarea de gestión de riesgo antecedente con tres grandes preguntas a despejar:

– ¿Alguna Administración Pública ha desarrollado ya el programa informático que se pretende abordar?
– Los Pliegos que rigen estos Contratos de Administraciones Públicas, en el ámbito informático global, que ya se han elaborado técnicamente muy bien y en los que se pretende invertir dinero público de nuevo, ¿se conocen en profundidad para reutilizar todo lo que sea necesario y que ya se contemplan en los mismos?
– ¿Existen desarrollos de aplicativos que utilicen código abierto preferentemente, ó privativo, para poder adaptarlos a las necesidades específicas en cada Administración adquirente?

A partir de aquí lo que se deduce es que los planes y medios de comunicación que se deben intercambiar las Administraciones Públicas, pasan inexcusablemente por una estrategia digital de corte público, donde se potencien las plataformas de divulgación y comunicación en tiempo real, en los denominados “Centros de Reutilización y Transferencia Tecnológica”, como una acción concertada y de implantación urgente en todo el territorio español, que facilite el intercambio electrónico en el momento que se precise, con una orientación muy clara: son las propias Administraciones Públicas, de cualquier índole, las que tienen que intercambiar la inteligencia pública digital de productos y servicios, en cualquiera de sus acepciones ya enunciadas de forma reiterada en este cuaderno digital, adaptando e integrando información en lo que sea necesario, pero salvando el espíritu y la letra del legislador al respecto, a través de los artículos 45 y 46 de la Ley 11/2007, ya comentados en este blog.

Creo que la regla de oro del marketing público se cumpliría: se analiza lo que ya existe ante una determinada actividad pública digital, que se anuncia a bombo y platillo, se compara, se prueba, y si responde a la necesidad prevista, sería el único momento para compartirlo, que no comprarlo. Seguro que las adaptaciones necesarias del producto o servicio compartido para atender la acción personal e intransferible de cada Administración Pública en particular, serían mucho más económicas, activándose entonces y a partir de esa visión previa las reglas del mercado, no antes.

La innovación tecnológica en este ámbito adquiriría una dimensión extraordinaria, porque rompería fronteras autonómicas, dejando atrás la catetez digital, que también existe, cumpliendo la finalidad para lo que nació Internet y todos los servicios agregados en los últimos veinte años: avanzar en la construcción de la Noosfera Pública. Mientras que en el proceso hacia atrás de la humanidad todo se puede compartir y descubrir porque ha finalizado su forma de ser y estar en el Universo, y las piezas del puzle coinciden en un esquema común, a partir de la emergencia de la Noosfera Privada y Pública (1) la complejidad es total. La inteligencia complica la existencia. La grandeza del ser humano radica en demostrar a través de la inteligencia que lo biológico (la biosfera) solo tiene sentido cuando va hacia adelante y se completa en la malla pensante de la humanidad, en la malla de la inteligencia (la Noosfera). En definitiva, estamos “programados” para ser inteligentes. Las Administraciones Públicas, los Gobiernos Electrónicos, también. Un matiz interesante: para los investigadores y personas con fe, la posibilidad de conocer el cerebro es una posibilidad ya prevista por Dios y que se “manifiesta” en estos acontecimientos científicos. Para los agnósticos y escépticos, la posibilidad de descubrir la funcionalidad última del cerebro no es más que el grado de avance del conocimiento humano debido a su propio esfuerzo, a su autosuficiencia programada.

La Noosfera Pública es la gran posibilidad del desarrollo cerebral en el Universo, no es algo estático, es un proyecto en movimiento continuo, tal y como viene sucediendo continuamente. Lo importante es divulgarlo mediante acciones planificadas y programadas, estratégicas, de marketing público, entendiendo la ética como la definió el Profesor López Aranguren: el suelo firme de la existencia pública, la raíz de la que emanan todos los actos públicos. La ética es justa cuando se justifica: hace un canto a la inteligencia en el ámbito creador, en nuestro caso, la inteligencia pública digital, al ser los seres humanos que integran las Instituciones Públicas perfectos captadores de información, elaboradores incansables de la misma y productores de resultados. Para el comercio público interno y externo. Para que los ciudadanos, al conocer lo que se hace con productos y servicios informáticos en otras Administraciones Públicas, de forma excelente, nos los puedan exigir de la misma forma y con carácter inmediato, mediante el auténtico empowerment (empoderamiento), si atendemos a los grandes principios constitucionales de no discriminación, de equidad en la accesibilidad a los productos y servicios públicos digitales en todo el Estado.

Sevilla, 25/VII/2010

(1) Noosfera: del griego νόος: inteligencia, espíritu, mente, pensamiento y σφαίρα, esfera: conjunto de los seres inteligentes con el medio en que viven, de acuerdo con la definición de la Real Academia Española, aceptada desde 1984, como tercer nivel o tercera capa envolvente (piel pensante) de las otras dos que consolidan la evolución del ser humano: la geosfera y la biosfera. Inteligencia digital compartida y entendida como la nueva malla pensante de la humanidad. En la clave teilhardiana y “gracias a la tecnología, la especie del Homo sapiens, “hasta ahora desperdigada”, empieza a unirse en un único “sistema nervioso de la humanidad”, una “membrana viva”, una “estupenda máquina pensante”, una conciencia unificada capaz de cubrir la Tierra como una “piel pensante”, o una “noosfera”.

Inteligencia Pública Digital (VIII): Reutilización de aplicaciones y Transferencia tecnológica

«Cuanto vale se ignora y nadie sabe / ni ha de saber de cuánto vale el precio»

Antonio Machado (1875-1939). Nota manuscrita en unos papeles perdidos

Abordo hoy una cuestión de principios digitales, de interés público, que puede ser muy controvertida, pero sobre la que es muy importante manifestarse a cara descubierta, porque más vale una vez colorado que cien veces amarillo. Estamos asistiendo a un guirigay conceptual en relación con la reutilización y transferencia tecnológica de carácter digital que debe hacer la Administración Pública, hacia dentro y hacia fuera de sus competencias propias y asociadas, pero que necesita una clarificación urgente con objeto de salvaguardar grandes principios de ética pública digital que deseo abordar por razón de Estado, Nación o Comunidad Autónoma. También, como ciudadano de base.

Desde hace años, venimos asistiendo a una realidad incuestionable: es necesario compartir conocimiento electrónico, mejor, inteligencia pública digital, en el seno de la Administración correspondiente y, por extensión, con otras Administraciones Públicas. Es más, la entrada en tromba de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, que habría que revisar el grado de su cumplimiento real en la actualidad, ha corroborado de forma expresa esta necesaria y urgente realidad de cooperación electrónica en tiempo de crisis, que de eso se trata.

Pero estamos en una situación confusa que desearía aclarar siguiendo los siguientes principios digitales:

1. En la transferencia tecnológica digital, de carácter público, existe una realidad irrefutable: no hay que confundir valor y precio. Los programas informáticos que deben responder a Proyectos, Planes y Programas de Acción Digital, de estrategia digital de carácter público, que se desarrollan con dinero, tiempo y en espacios públicos, por sus servicios (como lo indica la Ley 11/2007, en su artículo 45) no pueden ponerse a disposición del mercado para convertirlos en mercancía pura y dura, porque tratan de servicios públicos que se preparan en la trastienda pública, con inteligencia pública digital, pagados con dinero público que figura en los Presupuestos aprobados en las Cámaras y en los Parlamentos Autonómicos, y que se han adjudicado respetando los grandes principios de la Ley de Contratos del Sector Público. Es decir, están mediatizados por el carácter público y nunca se pueden convertir en mercancía. Nunca deben pasar a ser propiedad privada, para transitar con ella por los mercados públicos y privados. Menos, tratándose de inteligencia pública digital, que tiene mucho valor por el servicio público que contiene.

2. La transferencia tecnológica digital se debe llevar a cabo, exclusivamente entre Administraciones Públicas, sin la intermediación privada como algunas veces ocurre. Por desgracia, ha existido hasta ahora un miedo reverencial a la utilización de determinadas reglas del mercado que no deben sonrojar a un alto cargo y funcionario público: el marketing público de corte social, donde no se venden mercancías sino productos y servicios públicos digitales de una calidad excepcional. Para los cursis digitales, de trata de portfolios de empresa, para las Administraciones Públicas, del Catálogos de Productos y Servicios Públicos, que deberíamos enseñar y publicar en todas partes, a modo de Portal de Transferencia Tecnológica en el Gobierno de España y en el Estado de las Autonomía, gritando a los cuatro vientos que existen, porque automáticamente sabríamos lo que hacen los demás, las demás Administraciones, y no gastaríamos tanto dinero público en reinventar las ruedas de carros digitales, clausurando de una vez por todas las fábricas de humo digital que a veces hemos puesto en funcionamiento por el prurito de ganar carreras de cuatro por cuatrocientos metros digitales, sin pensar en un solo minuto a qué contribuye “mi modernidad digital” a la interoperabilidad verdadera puesta al servicio de los ciudadanos.

3. Las empresas digitales no deben temer este giro copernicano, siempre y cuando las Administraciones Públicas nos pongamos las pilas en esta nueva forma de proceder, publicando la trastienda digital hasta en su última expresión ó recursos, poniéndola a disposición de todas las Administraciones Públicas, gestionando Direcciones Comerciales, de corte digital, haciéndose un esfuerzo inversor en publicidad digital, para que el principio de Administración abierta comience por la alta disponibilidad para compartir y colaborar en la definición, desarrollo y gestión de productos y servicios digitales, utilizando tecnologías de e-Governance Cloud Computing, de nueva generación, con protección de la inteligencia pública digital que lo hace y comparte, porque medios existen hoy para garantizarlo al máximo. Y sobre una base de respeto reverencial a la Ley de Contratos del Sector Público: nos debe ir la vida digital en elaborar magníficos Pliegos de Prescripciones Técnicas de todos los contratos de productos y servicios digitales a contratar, que sean la verdadera demostración de la llamada inteligencia pública digital, como marca de la Casa pública, que después de puede intercambiar con cualquier Administración, garantizándose de esta forma la propagación del trabajo digital y de las empresas que lo hacen bien. Ahí es donde debería radicar el auténtico principio de respeto a la competencia empresarial, y donde garantizaríamos la participación y elección de cualquier empresa solvente que ya ha trabajado bien en el Proyecto que se ha compartido entre las propias Administraciones Públicas, porque los Pliegos de Prescripciones Técnicas se adaptan sobre un conocimiento digital impecable de carácter público, que garantiza a su vez la solvencia de las empresas que concurren a las licitaciones en libertad, pero que ya están avaladas por el trabajo bien hecho y que se ha compartido entre las diferentes Administraciones. Evitando los localismos trasnochados y la actitud vergonzante ante las multinacionales del sector, porque con la actitud pública digital descrita anteriormente, es la propia Administración la que dirige la inteligencia pública digital y no las empresas avispadas a la luz del desorden de la propia Administración que no comparte ni transmite.

4. Una oportunidad y fortaleza en este planteamiento: la Ley 11/2007 lo deja bien claro, en el CAPITULO III dedicado a la Reutilización de aplicaciones y transferencia de tecnologías, para todas las Administraciones, que no solo tienen que querer oírlo sino que están obligatoriamente obligadas a entenderlo y hacerlo:

– Articulo 45. Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración.

1. Las administraciones titulares de los derechos de propiedad intelectual de aplicaciones, desarrolladas por sus servicios o cuyo desarrollo haya sido objeto de contratación, podrán ponerlas a disposición de cualquier Administración sin contraprestación y sin necesidad de convenio.
2. Las aplicaciones a las que se refiere el apartado anterior podrán ser declaradas como de fuentes abiertas, cuando de ello se derive una mayor transparencia en el funcionamiento de la Administración Pública o se fomente la incorporación de los ciudadanos a la Sociedad de la información.

Articulo 46. Transferencia de tecnología entre Administraciones.

1. Las Administraciones Públicas mantendrán directorios actualizados de aplicaciones para su libre reutilización, especialmente en aquellos campos de especial interés para el desarrollo de la administración electrónica y de conformidad con lo que al respecto se establezca en el Esquema Nacional de Interoperabilidad.
2. La Administración General del Estado, a través de un centro para la transferencia de la tecnología, mantendrá un directorio general de aplicaciones para su reutilización, prestará asistencia técnica para la libre reutilización de aplicaciones e impulsará el desarrollo de aplicaciones, formatos y estándares comunes de especial interés para el desarrollo de la administración electrónica en el marco de los esquemas nacionales de interoperabilidad y seguridad.

No creo que queden dudas al respecto, aunque -en este sentido- el legislador fue tímido al no declarar estos artículos de carácter sustantivo a tenor de lo dictado para otros en la Ley, al amparo de lo dispuesto en el articulo 149.1.18.a de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia sobre las bases del régimen jurídico de las Administraciones Publicas y sobre el procedimiento administrativo común. Aún así, es una oportunidad para sentar unas nuevas bases rotundas en la Administración Electrónica en la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales. ¡Ojalá, para el resto de Administraciones Públicas en el Estado! La política del “sírvase Vd. mismo” para el mundo mundial tecnológico, sin control por parte de las Administraciones Públicas, ha caducado por mucho que a algunos les parezca inamovible. Ya lo decía Antonio Machado: todo necio confunde valor y precio. También, derecho público y mercancía privada. Digitales, por supuesto. Fundamentalmente, como decía Antonio Machado en unas maravillosas notas manuscritas y descubiertas no hace tantos años, porque se ignora cuánto valen las cosas públicas.

Sevilla, 18/VII/2010

Inteligencia Pública Digital (VII): Governance cloud computing

CLOUD COMPUTING JA

Estoy analizando con detalle la incorporación de la Administración Pública de la Junta de Andalucía a un proyecto revolucionario en el ámbito digital: Governance cloud computing, es decir, situar los recursos digitales de carácter público, en la nube pública dependiente del Gobierno electrónico de la Junta de Andalucía, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales. Para todo el cuerpo científico que se aproxima a este constructo, es de suma importancia recurrir a la evolución conceptual de cloud computing, en el Instituto Nacional de Estándares y Tecnologías (NIST) de Estados Unidos, a través de la declaración pública de su definición actual (Versión 15, de 10-7-09): La computación en nube es un modelo que permite, mediante el acceso a la red, compartir un conjunto de recursos informáticos configurables (por ejemplo, redes, servidores, almacenamiento, aplicaciones y servicios), que pueden estar disponibles en el momento que se necesitan, con una gestión de esfuerzo mínimo en la interacción con el prestador de servicios. Este modelo de la nube promueve la disponibilidad y se compone de cinco características esenciales, tres modelos de servicios, y cuatro modelos de despliegue.

También he revisado de forma pormenorizada la presentación que Peter Mell y Tim Grance, pertenecientes al Laboratorio de Tecnología de la Información del NIST, han llevado a cabo el pasado 10 de julio de 2010, en el Cloud computing FORUM & WORKSHOP celebrado en Washington el 20 de mayo de 2010: Presentation on Effectively and Securely Using the Cloud Computing Paradigm v26, como guía extraordinaria para centrar bien el proyecto en el paradigma actual.

Con estos antecedentes, considero imprescindible que se den los primeros pasos para configurar las bases tecnológicas y de proyección de inteligencia pública digital en este modelo de cloud computing del Gobierno electrónico que permita llevar a cabo una Administración electrónica de nuevo cuño. Basándonos en los criterios actuales, las principales características del constructo, los modelos de servicio y los modelos de despliegue, son los siguientes, en una primera proyección al Gobierno electrónico de la Junta de Andalucía:

1) CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA NUBE (CLOUD))

On-demand self-service
– Autoservicio, bajo demanda. La disponibilidad de los sistemas y de las aplicaciones de la Junta de Andalucía, estarían a disposición del Centro directivo que lo necesitara, en un nuevo Modelo de Transferencia por autoservicio atendido.
Broad network Access
– Acceso a la red de comunicación, estando la Junta de Andalucía es una situación privilegiada por el despliegue actual de la Red Corporativa de Telecomunicaciones de la Junta de Andalucía
Resource pooling
– Alta disponibilidad de recursos. Se ganaría en versatilidad de los recursos actuales físicos y lógicos, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales. Se impone la creación de una Dirección de marketing digital de carácter público.
Rapid elasticity
– Rapidez y elasticidad. Ante necesidades específicas, se podría disponer de todos los recursos en el momento que fuera necesario, en alta disponibilidad.
Measured Service
– Servicios medidos. Se introduciría una nueva cultura de Acuerdo de Nivel de Servicios de carácter interno en el seno de la propia Administración de la Junta de Andalucía (insourcing), con una decidida construcción de métricas para la valoración de los servicios.

2) MODELOS DE SERVICIO:

Cloud Software as a Service (SaaS)
– Uso de las aplicaciones del proveedor a través de la red.
Cloud Platform as a Service (PaaS)
– Se ofrece la participación de los Centros directivos que controlan las aplicaciones sectoriales o corporativas, con intercambio permanente de la inteligencia pública digital.
Cloud Infrastructure as a Service (IaaS)
– Se utiliza el procesamiento, almacenamiento, capacidad de red, y otros recursos informáticos fundamentales en Centros integrados de servicios públicos digitales.

3) MODELOS DE DESPLIEGUE

Private cloud
– De propiedad o alquilada
Community cloud
– Infraestructura compartida por una comunidad específica. Este sería el modelo lógico para el Gobierno electrónico.
Public cloud
– De disposición pública
Hybrid cloud
– Conjunto de dos o más nubes, que podrían convivir en determinados servicios públicos como pudiera ser de salud o de tributos.

Esto no ha hecho nada más que empezar. Adquiero el compromiso de desarrollarlo en su aplicación a la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales. Próximamente, en este salón virtual.

Sevilla, 11/VII/2010

Inteligencia Pública Digital (VI): ser y hacer más, teniendo menos medios

MAS POR MENOS

Creo, sinceramente, que estamos de enhorabuena. Al fin, vamos a poder dedicar más tiempo a la inteligencia pública digital de los empleados públicos en la Administración tan denostada, a veces, por la ciudadanía, a la que servimos, incluyéndome en la nómina de los que tenemos que hacer una operación rescate casi día a día para ganar credibilidad pública y ciudadana. En cualquier puesto que ocupemos, sabiendo que cada uno, cada una, tenemos responsabilidades directas, indirectas y circunstanciales.

Está de moda la frase: más por menos, importada de las grandes leyes del mercado noqueado en la lona mundial de la vida diaria. Y cuando los agoreros mayores del Reino se frotan las manos declarando a los cuatro vientos que ésto, la crisis, no tiene solución, otros pensamos que tenemos un recurso extraordinario todavía por explotar hasta su máxima expresión: la inteligencia humana, el recurso que poseemos de forma personal e intransferible y sobre el que tenemos que trabajar todos los días, minuto a minuto, segundo a segundo, para demostrarnos a nosotros mismos que mientras que no se lleve a cabo el giro copernicano de optar mejor por ser más, que por tener más, será muy difícil avanzar hacia tiempos mejores. Con la ayuda de los sistemas y tecnologías de la información y comunicación, desarrollando inteligencia digital en cualquier nivel de nuestras vidas, algo que comprende perfectamente la llamada generación de nativos digitales.

¿Más por menos en el mundo público digital? Creo que sí, decididamente sí, siempre que atendamos a estrategias públicas digitales donde las decisiones de Gobierno electrónico sobre la feria de los componentes digitales que luego se desarrollan en Administraciones electrónicas, estén sustentadas en ordenación administrativa de corte digital sustantivo como en el caso de España se hace palpable a través de Leyes vigentes, que garantizan el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y que no se deben ningunear con las medias tintas, porque declara derechos sustantivos, respetando las peculiaridades de los territorios donde se deben aplicar los citados derechos, pero no al revés, cuando priman las razones territoriales sobre los citados derechos digitales, algunos de ellos de corte constitucional. Sin ordenación digital, no puede haber organización electrónica, no al revés, como tantas veces he comentado.

Para ser más eficaces y eficientes con menos recursos, en general, hay que atender al principio de gestión en la austeridad pública, en el marco de la salvaguarda de la dignidad pública y salvando el principio de la proporcionalidad, porque existe una realidad irrefutable: hay que gastar menos en tiempos difíciles. En estos días en los que se preparan los Presupuestos del Estado y de las Comunidades Autónomas, sus fichas y programas, que deben ser aprobados por el Congreso de los Diputados o por los Parlamentos Autonómicos, se debe hacer un ejercicio de imaginación, de inteligencia pública digital, para racionalizar el gasto público digital, en términos de inversión en reconocimiento de deberes públicos del Gobierno correspondiente y de los derechos digitales de los ciudadanos, sobre la base de los dos grandes principios enunciados anteriormente:

Austeridad y dignidad, públicas y digitales, en una dialéctica de ambos conceptos verdaderamente posible, es decir, hay que mentalizarse de una vez por todas que no se puede seguir disparando con pólvora del rey, lo que conlleva declarar algunos proyectos actuales como bocas inútiles digitales, que consumen mucho y aportan poco socialmente: miles de Portales públicos que se pueden racionalizar y reducir hasta la expresión más acorde con la necesidad ciudadana, invirtiendo la visión actual, porque si se prima la participación, se tendrá que suprimir el tablón de anuncios digital que es en lo que han quedado muchos Portales públicos, si nos atenemos a los últimos informes que se han publicado sobre este particular; valorar la escasa participación ciudadana en los accesos digitales a las diferentes Administraciones con el DNI electrónico; escasa simplificación administrativa que conlleva a seguir digitalizándose el desorden administrativo; gasto en aplicaciones que solo las utilizan los exquisitos digitales, sin que la mayor parte de los ciudadanos puedan acceder a ellas; clarificación desde la perspectiva de ética pública digital de la incorporación equitativa del software de fuentes abiertas pero tomando conciencia de que podamos estar de nuevo cautivos y desarmados ante los desarrolladores y empresas de servicios porque sólo ellos saben cómo continuar manteniendo los citados sistemas, sin demonizar el software privativo porque sigue siendo necesario en determinados proyectos de la Administración, que habría que racionalizar para que se pudieran establecer Acuerdos-Marco en los que se contemplara mucho valor añadido, no meramente económico, cuando tenemos que recurrir a él. Si se prima la participación, se tendrá que suprimir el tablón de anuncios digital que es en lo que han quedado muchos Portales públicos, si nos atenemos a los últimos informes que se han publicado sobre este particular, suponiendo un giro copernicano en el nuevo enfoque de inversión pública digital.

Proporcionalidad, en el sentido de que las diferentes Administraciones deberíamos hacer un esfuerzo por concentrar plataformas digitales muy robustas que a modo de intercambiadores pudieran ofrecer servicios similares con un núcleo común, frenando en seco el gasto que conlleva la metodología de las carreras de relevos digitales, donde todos corremos por diferentes calles digitales, cuando lo que deberíamos hacer es correr por una sola, donde el público, es decir los ciudadanos, son meros espectadores viéndonos correr e incluso algunos, recoger premios de excelencia digital, sin haber dicho alguna vez: esta tecla [boca], pública, es mía. La proporcionalidad digital es recomendable en tiempos de crisis, porque tendremos que tomar decisiones drásticas digitales, no vaya a ser que en el diseño, elaboración, desarrollo e implantación de algunos proyectos digitales, nos cueste más el collar que el perro, en argot popular. Y los ciudadanos lo van a entender muy bien, si se explica adecuadamente, si no se parte de estereotipos como denunciaba Hans Magnus Enzesberger, cuando nos referimos desde la perspectiva digital, a los ciudadanos y ciudadanas, como “ignorantes molestos”.

Por ello, es muy importante escuchar atentamente, en clave de Administración Abierta y Accesible, cuál es la prelación que la ciudadanía marca desde la perspectiva de inteligencia pública, incluso desde la perspectiva del gasto público. Creo, sinceramente, que nos llevaríamos muchas sorpresas. Todavía, no he olvidado algunos resultados del Barómetro del CIS en el mes de marzo de 2009, que recogí en un post de la serie dedicada a Andalucía Pública 2.0: “Un ejemplo contundente para reflexionar: [los ciudadanos] tienen el DNI digital, pero la gran mayoría no sabe para qué sirve… Problemas de trastienda pública, en definitiva. El barómetro del CIS ya concluía de forma severa que el 64.2% de las personas entrevistadas creía que es nada o poco probable realizar en un futuro gestiones con las Administraciones Públicas a través de Internet. Un gran reto que se puede resolver con nuevos planteamientos públicos de construcción de la Sociedad del Conocimiento, en su versión de Andalucía Pública 2.0, donde prime la inteligencia digital de las personas que trabajan en la Administración Pública de Andalucía o que necesitan sus servicios, es decir, que sepan adquirir capacidades para resolver problemas o para elaborar productos que son de gran valor para un determinado contexto público, comunitario o cultural, el andaluz, por ejemplo, a través de los Sistemas y Tecnologías de la Información y Comunicación. Pero, hablemos claro: lo primero, facilitar la construcción del conocimiento, en todas las manifestaciones posibles. Después, comprar las máquinas. Sobre todo, para no caer en la tentación de la necedad digital: confundir valor y precio”.

Sevilla, 04/VII/2010

NOTA: la imagen ha sido recuperada el 4 de julio de 2010, de http://arquicienciaymetal.over-blog.es/top-articles.html

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