Sevilla, 2/VII/2020
El pasado 4 de mayo se firmó el Acuerdo por la Ministra de Política Territorial y Función Pública y los representantes de las organizaciones sindicales CSIF, UGT, CCOO y CIG, sobre medidas organizativas en el marco del Plan de Transición hacia una nueva normalidad, en el que recogía en su apartado 4, expresamente, la necesidad de un abordaje regulativo inmediato del teletrabajo: “Dado que las modalidades de trabajo no presenciales se han revelado como un instrumento esencial para la continuidad en la prestación de los servicios, y para alcanzar un marco mínimo común en la Administración General del Estado que las regule, se convocará a las organizaciones sindicales de la Mesa General antes referida, a los efectos de constituir un grupo de trabajo de cara al desarrollo normativo de las mismas”.
Según lo expuesto en las reflexiones anteriores de esta serie, los fundamentos de hecho y de derecho del teletrabajo y otras formas de trabajo a distancia son una realidad incuestionable que necesita una respuesta de estrategia pública digital, porque todas las modalidades de este trabajo tienen un eje central soportado por el teletrabajo en el sentido preconizado por la OIT, en el que se define el teletrabajo/TICtrabajo móvil (T/TICM) como el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones –como teléfonos inteligentes, tabletas, portátiles y ordenadores de sobremesa– para trabajar fuera de las instalaciones del empleador. En el proyecto de Ley de trabajo a distancia de este país, actualmente en fase de participación pública en el procedimiento de elaboración, se define “Teletrabajo” como “aquel trabajo que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación”. Es evidente que el hilo conductor y la base sobre la que se sustenta este tipo de trabajo son las TIC en todas y cada una de sus manifestaciones.
A lo largo de estos últimos años he publicado muchos artículos en este blog sobre la imprescindible necesidad pública y de interés general de que el Estado proclame una estrategia pública digital que permita la transformación digital del país, así como de la Administración Pública. Si se aprovecha esta oportunidad del teletrabajo, que ha venido para quedarse, como vengo manifestando en esta serie, la implantación del teletrabajo y otras formas de trabajo a distancia en el sector público, al igual que se ha desarrollado una normativa en el proyecto de Ley en fase de audiencia y participación pública, habrá que abordarla en un desarrollo especial para este sector, pero donde la intervención del Estado podría ser una oportunidad para ordenar y organizar adecuadamente la estrategia pública digital de amplio espectro que explico a continuación. Si no es así, es probable que se digitalice el desorden público en la ordenación y organización de los procedimientos administrativos a tratar mediante el teletrabajo y otras modalidades de trabajo a distancia, porque no es lo mismo ordenar el Gobierno digital que la Administración Pública de base electrónica. Antecedente, el Gobierno y, consecuente, la Administración. Nunca al revés.
En definitiva, creo que ha llegado el momento de proclamar la transformación urgente del Gobierno actual al uso en Gobierno Digital, para que se puedan aplicar políticas digitales de amplio espectro, tal y como he ido desarrollando a lo largo de los últimos años en este blog, siendo la regulación del teletrabajo una oportunidad de abordaje de este cambio copernicano en la Administración. Sería extraordinario comenzar a tejer tejido crítico en este momento digital porque hay razones suficientes de urgencia política en un mundo que cada día se mueve más en torno a la transformación digital de todos los ecosistemas en los que vivimos, estamos y, sobre todo, somos. Además, la pandemia nos ofrece lecciones de oportunidades y fortalezas extraordinarias si se evalúa lo que se ha vivido en la Administración Pública porque se ha demostrado fehacientemente que si el trabajo estaba bien organizado en la Administración que ha habilitado el teletrabajo, los resultados han sido extraordinarios, pero si no era así, el resultado ha dejado mucho que desear porque la pandemia ha dejado ver el traje nuevo de la emperatriz, es decir, una Administración con graves carencias tecnológicas, de equipamientos, infraestructuras, redes y controles cibernéticos, donde los funcionarios han tenido que poner en muchos casos el hilo y ovillo digital, porque no había equipos para todos, tanto ordenadores, tabletas como teléfonos móviles o redes con suficiente potencia como para poder trabajar de forma correcta, pagando en bastantes ocasiones cada funcionario el coste del consumo de red, de sus propios teléfonos y el uso de instalaciones y equipos telemáticos privados.
Creo que se puede comprender mi obstinación, en el más correcto sentido de la palabra y tal como la aprendí hace ya muchos años en un libro precioso de Herman Hesse, Obstinación, en torno a esa excelente virtud, entendida como la obediencia a una sola ley, la que lleva al propio sentido (digital, por supuesto). Esta iniciativa digital que propongo como iniciativa de carácter público, debe contemplar todos los medios y protagonistas de la transformación digital del trabajo en el sector público, comenzando por el teletrabajo porque es una realidad que se ha impuesto ahora de forma contundente, por azar y necesidad. Los empleados públicos deben dejar de ser “ignorantes molestos” en estos momentos en los que han resultado tan afectados, porque ha llegado la hora de abordar una realidad caleidoscópica tal y como se puede entrever en el proyecto de Ley de trabajo a distancia, tantas veces nombrado en los últimos días en este blog, porque todo lo que se refleja allí tiene cabida en una nueva regulación del trabajo a distancia, es decir, del teletrabajo como base operacional y tecnológica del desempeño en el sector público, sin excepción alguna. Tiene sentido cuando se abordan estos asuntos digitales de gran calado estratégico, porque estamos ante una oportunidad de empoderamiento de los empleados públicos, imprescindible para una transformación digital urgente en la que estamos ya instalados. Podría ser una especie de estructura de Estado, obstinada, respetando la necesaria oportunidad política en este momento crucial del país, cuando hay que declarar una nueva estrategia digital de Estado y del Gobierno correspondiente.
En mi publicación de 2016, Principios de política digital, detallé de forma didáctica y divulgativa los grandes principios de política digital aplicada con visión de Estado, desde diversas perspectivas: el respeto reverencial a un vocabulario digital propio (que hay que conocer en términos tan novedosos como empoderamiento digital, inteligencia digital o equidad digital, entre otros muchos, porque sin lenguaje digital propio es difícil articular diálogo digital al respecto) y su presencia en programas electorales; aclarar definitivamente la diferencia existente entre inversión y gasto digital, que tanto se ha confundido en tiempos de crisis, encubriendo la ineficacia e ineficiencia del Estado y de las diferentes Administraciones Públicas); declarar el empoderamiento digital rompiendo la cuarta pared, sabiendo que las tecnologías inteligentes son para las personas, no solo para las cosas, abrir el mundo de la investigación, desarrollo e innovación digital a supuestos como el grafeno, a título de ejemplo y que nos cambiará la vida, para abordar la revolución digital, pendiente, en España, cuando el Gobierno actual solo ha podido hacer un breve camino desde su proclamación y su desempeño en una tragedia que nos ha asolado llamada COVID-19.
Soy consciente de las prioridades políticas actuales derivadas de la pandemia y de la urgente necesidad de la reconstrucción del país, básicamente en su recuperación económica de amplio espectro, la generación de empleo y el blindaje constitucional de derechos y deberes sociales referidos a educación, salud (tan evidente después de lo sucedido) y atención social, sobre todo de los que menos tienen, del envejecimiento y en la realidad inexorable de la dependencia. Pero la realidad digital está ahí, cada día más presente en nuestras vidas, siendo lo más íntimo de nuestra propia intimidad (según el aserto agustiniano) a través de instrumentos digitales tan útiles e imprescindibles ya como los teléfonos inteligentes, tabletas, portátiles y televisiones inteligentes e interactivas. También, de las diversas modalidades del trabajo a distancia, soportado básicamente por el teletrabajo, como se ha podido demostrar de forma fehaciente durante el estado de alarma.
Vivimos en un mundo digital, tal y como lo aprendí hace casi veinticinco años de Nicholas Negroponte, que me abrió una perspectiva diferente de la vida, aunque siempre estuve de acuerdo con él en un aserto irreversible, para poner cada cosa en su sitio y no se nos suban las tecnologías de la información y comunicación a la cabeza: “Los bits no se comen; en este sentido no pueden calmar el hambre. Los ordenadores tampoco son entes morales; no pueden resolver temas complejos como el derecho a la vida o a la muerte. Sin embargo, ser digital nos proporciona motivos para ser optimistas. Como ocurre con las fuerzas de la naturaleza, no podemos negar o interrumpir la era digital”.
Se trata de reconocer que somos ya digitales en un mundo digital por excelencia, que nos puede hacer la vida más amable en todas las situaciones vitales que podamos imaginar y desde una perspectiva de nueva revolución digital que supere con creces a la industrial que tanto ha beneficiado ya a la humanidad. Por esta razón, creo que la política digital es un asunto de Estado, no una cuestión baladí protagonizada solo por los amantes de las tecnologías de la información y comunicación. Además, cuando sustenta las políticas sociales por excelencia, se troca en un asunto que nos pertenece a todos, sin excepción. El marco de la política digital no es un asunto tecnológico sino constitucional. Esa es su gran fortaleza al elevarla a asunto de Estado, máxime cuando tiene que atender a realidades tan inexorables como la salud y la enfermedad o los servicios sociales.
Las tecnologías de la información y comunicación no son inocentes, como no lo son las ideologías políticas subyacentes en su implantación, que no mera instalación tecnológica. Sabia distinción que se constituye en un elemento de gran interés público en la construcción de un nuevo paradigma público de carácter digital y que si no se tiene en cuenta en relación con el teletrabajo se puede repetir de nuevo: hay que implantar el teletrabajo, no solo instalar equipos informáticos en la casa o espacio elegido libremente por el empleado público. Necesitamos definir los sistemas y aparatos políticos digitales que permitan la toma de decisiones públicas de gran relevancia social, preservando el interés general como raíz de la que deben nacer todos los actos digitales que nazcan en la sabia política digital del Gobierno digital correspondiente. Expresarlo así en la exposición de Motivos y en el articulado de una Ley de trabajo a distancia en el sector público, sería una forma de mostrar un aviso para navegantes digitales en el país, porque saldremos beneficiados todos, empleados públicos y ciudadanía, porque su hilo conductor será exclusivamente el interés general digital. Es evidente que habrá que abordar cambios en el actual Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), aunque en su artículo 14 ya se recoge en la enumeración de los derechos individuales de los empleados públicos los referidos a la intimidad y desconexión digital: «14. j bis) A la intimidad en el uso de dispositivos digitales puestos a su disposición y frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización, así como a la desconexión digital en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales». Igualmente, se tendrá que incorporar algún artículo en los principios de conducta recogidos en el artículo 54 del actual TREBEP y revisar algunos de los allí expuestos, con independencia de que habrá que establecer las concordancias generales necesarias del citado TREBEP con el texto definitivo que resulte del actual proyecto de ley de trabajo a distancia, en lo que sea de aplicación.
Por último, aprecio hablar de ética digital de carácter público en el teletrabajo, que también existe, como la que se podría desarrollar en una norma de trabajo a distancia en el sector público. Su objeto principal es respetar el interés general digital de los empleados públicos, distinguiendo “mercancía” de “valores y derechos humanos” digitales, el ámbito público y el ámbito privado, porque en su desarrollo conviven el espacio, tiempo y dinero privados al servicio del espacio, tiempo y dinero públicos, que se ordena por el Gobierno Digital y Abierto correspondiente, mediante la Administración, no al revés, con carácter unificado y no estrictamente disperso en los diferentes departamentos ministeriales e instituciones públicas instrumentales. Además, inteligencia y ética digital son indisolubles, porque son las bases humanas para ser y estar en el mundo de una forma diferente gracias a las tecnologías de la información y comunicación. ¿Por qué? Porque la inteligencia digital es la capacidad que tenemos los seres humanos para adquirir destreza, habilidad y experiencia práctica de las cosas que se manejan y tratan con la ayuda de los sistemas y tecnologías de la información y comunicación; capacidad para recibir información, elaborarla y producir respuestas eficaces, a través de las TIC; capacidad para resolver problemas o para elaborar productos y servicios que son de gran valor para un determinado contexto comunitario o cultural y factor determinante de la habilidad social, del arte social de cada ser humano en su relación consigo mismo y con los demás, a través todo ello de los sistemas y tecnologías de la información y comunicación. Y todo esto se debe tener en cuenta en el teletrabajo, porque allí sucede.
Estoy convencido de que miles de empleados públicos esperan como agua de mayo la implantación inmediata del teletrabajo y otras modalidades del trabajo a distancia. Son los que creen en la función que se les ha asignado, tanto de forma presencial como telemática y porque les pre-ocupa [así, con guion] diariamente hacer las cosas bien, en edificios públicos o en su casa, con convencimiento pleno construido por el conocimiento, las aptitudes y las actitudes públicas y privadas que cada empleado público tiene, para que no se resienta nunca el servicio público, el interés general, el que preocupa de verdad a las personas a las que se deben en su sencilla o compleja función pública, digital también, por supuesto.
CLÁUSULA ÉTICA DE DIVULGACIÓN: José Antonio Cobeña Fernández no trabaja en la actualidad para empresas u organizaciones religiosas, políticas, gubernamentales o no gubernamentales, que puedan beneficiarse de este artículo; no las asesora, no posee acciones en ellas ni recibe financiación o prebenda alguna de ellas. Tampoco declara otras vinculaciones relevantes aparte de su situación actual de persona jubilada.
Debe estar conectado para enviar un comentario.